¿Cómo se puede colaborar con el proyecto?
Mediante la aportación de activos
Tales como pisos, edificios acabados o pendientes de terminar, residencias, suelos,… que no estén en uso y ceder su explotación durante un tiempo determinado. Contacta con nosotros en el formulario disponible o envíanos un e-mail a info@todaayuda.org y cuéntanos en qué puedes ayudarnos.
Mediante aportaciones dinerarias*
Realizando aportaciones económicas para destinar a becas de formación y dotación de equipamiento en los activos de la Fundación.
Toda colaboración, por pequeña que sea, será bienvenida y cada recurso cuenta.
Cuentas asociadas:
Bankia
ES49 2038 1817 7360 0069 3541
Banco Santander
ES22 0049 5097 7125 1607 4719
Voluntariado
Ofrece sugerencias, colaboraciones entre instituciones o entidades, que puedan enriquecer el proyecto que tenemos en marcha.
Por favor, contacta con nosotros.

"Sé el cambio que querrías ver en el mundo."
Mahatma Gandhi
*Normativa Vigente
Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Personas Jurídicas
Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra hasta un 35% de la base de deducción. Información adicional: Las cantidades correspondientes al período impositivo no deducidas podrán aplicarse en las liquidaciones de los periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos. La base de deducción no podrá exceder del 10% de la base imponible del período impositivo.
Personas Físicas
Los contribuyentes del IRPF tendrán derecho a deducir de su cuota íntegra el 25% de la base de deducción. Información adicional: La base de las deducciones no podrá exceder el 10% de la base liquidable del contribuyente. Por el exceso no se podrá practicar deducción.
La Fundación Toda Ayuda emitirá un justificante de donación a todas aquellas personas físicas y personas jurídicas que hayan hecho donaciones. Información adicional: Este documento es necesario para poder realizar las deducciones que permite la ley 49/2002.